El 24 de septiembre, con 88 votos afirmativos del partido oficialista Acción Democrática Nacional (ADN) y de sus aliados independientes, la Asamblea Nacional aprobó el Proyecto de Ley Orgánica de Aviación Civil. (Más vuelos domésticos: Proyecto de Ley de Aviación Civil propone abrir el mercado a más operaciones domésticas)
Nueva Ley de Aviación Civil: cambios en operación de vuelos, aeropuertos y derechos de pasajeros
El proyecto de Ley de Aviación Civil incluye normas relacionadas con la seguridad operacional y el desarrollo sostenible de las actividades aéreas.
Nueva Ley de Aviación Civil contempla cambios en operación de vuelos y aeropuertos y los derechos de los pasajeros.
En pocas palabras
- Nueva Ley de Aviación Civil: Aprobada por la Asamblea Nacional, actualiza el marco normativo del sector aeronáutico.
- Principales cambios: Incorpora política de cielos abiertos, delega gestión aeroportuaria y fortalece facultades de la DGAC.
- Derechos de pasajeros: Se detallan beneficios para adultos mayores, personas con discapacidad y otros.
A la propuesta se opusieron 60 asambleístas de la bancada opositora Revolución Ciudadana (RC), mientras que el Partido Social Cristiano (PSC) se abstuvo.
Ley de Aviación Civil: fundamentos de proyecto aprobado por la Asamblea
La Ley promueve un nuevo marco normativo para regular, planificar, gestionar, administrar, controlar y sancionar las actividades relacionadas con la aviación civil y aeronáutica en el territorio nacional.
La actualización de las regulaciones que rigen al sector ocurre luego de casi 20 años, unificando en un solo cuerpo legal la Ley de Aviación Civil y el Código Aeronáutico vigentes desde el 2007, según información de Diario Expreso.
El proyecto —presentado el 2 de septiembre de 2025 por el entonces presidente de la Asamblea Nacional Niels Olsen, y tramitado por la Comisión de Desarrollo Económico— está estructurado por 215 artículos, ocho títulos y 36 capítulos orientados a la seguridad operacional y de la aviación, así como a la promoción del desarrollo sostenible de las actividades aéreas civiles.
Igualmente, las disposiciones incluyen derechos de los usuarios y reglas para el uso adecuado del espacio aéreo, en concordancia con los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI).
Entre los principales preceptos, se encuentran:
Política de cielos abiertos
Incorporación de una política de cielos abiertos: permite a las aerolíneas extranjeras operar vuelos nacionales en Ecuador, teniendo que contar únicamente con domicilio en el país y ya no una constitución.
A la vez, esto también se da vía libre a que las tripulaciones puedan estar conformadas por personal extranjero y no solo nacional.
Para Galápagos se mantiene el requisito de contar con un informe técnico favorable del Consejo de Gobierno del Régimen Especial de la provincia. (Tráfico aéreo de pasajeros en Ecuador: situación y desafíos para su crecimiento)
Reestructuración de funciones
Eliminación del Consejo Nacional de Aviación Civil: la rectoría de la política aeronáutica pasa al Ministerio de Infraestructura y Tecnología (MIT), mientras que la Dirección General de Aviación Civil (DGAC) conservará su función como autoridad técnica.
Fortalecimiento de las facultades de la DGAC: A través de un régimen de infracciones y sanciones, podrá clasificar las conductas en leves, graves y muy graves, además de contemplar, en determinados casos, multas y la suspensión de permisos, certificados o licencias.
Conformación de una Junta Investigadora de Accidentes independiente de la DGAC: Con autonomía administrativa, operativa, financiera y decisoria, su función será investigar accidentes e incidentes graves, con el objetivo de prevenir futuros sucesos.
Delegación de aeropuertos
Posibilidad de delegar la gestión de infraestructura aeroportuaria a inversión privada: esto será posible tanto para empresas nacionales o extranjeras, como para públicas o privadas, aclarando que esto no implica vender los aeropuertos ni entregar al sector privado la rectoría y el control estatal.
También se permite una renegociación de común acuerdo de los contratos de delegación vigentes, durante los cinco años posteriores a la publicación de la ley. (Aeropuerto de Manta: sumido en la crisis)
Beneficios y derechos de pasajeros
Descuento del 50% para ciertos sectores: el beneficio se mantiene para adultos mayores y personas con discapacidad. Las aerolíneas tendrán un plazo de seis meses para implementar herramientas que entreguen estas rebajas cuando la compra se haga en línea.
Derechos para habitantes de Galápagos y la Amazonía: Mantenimiento de tarifas diferenciadas para determinados habitantes.
Derechos del pasajero ante demoras o cancelaciones: Demostración por parte de las aerolíneas de que hicieron todo lo posible para evitar demoras o cancelaciones. Caso contrario, deberán reconocer al pasajero los derechos que le correspondan.
Derechos ante interrupciones de los itinerarios: Reubicación del pasajero, cobertura de su hospedaje y alimentación o reembolso de la parte proporcional del trayecto no recorrido, si el viaje se interrumpe a mitad de camino por falla de la aerolínea. En este caso, también aplicará el reembolso al pasajero o la entrega de otro boleto aéreo en similares condiciones a las adquiridas.
Derechos ante pérdida, sustracción o deterioro del contenido del equipaje: Responsabilidad de la aerolínea de responder por el monto declarado del equipaje del usuario, entregado para custodia y transporte del operador aéreo.
Registro de drones
Regulación y registro obligatorio de drones o aeronaves no tripuladas: aplica para equipos de más de 250 gramos, con la posibilidad de incautarlos en casos de flagrancia, y de establecer restricciones de vuelo en zonas sensibles, como aeropuertos, áreas militares y centros de rehabilitación social, a fin de fortalecer la seguridad y el control del espacio aéreo.
Cuestionamientos al proyecto
Entre los señalamientos de los asambleístas que no apoyaron el proyecto, se citó la transitoria que exhorta a los municipios o gobiernos autónomos descentralizados que actualmente administran aeropuertos a firmar un acuerdo de gestión con el Gobierno central, comprometiendo la autonomía municipal.
Por otro lado, asambleístas de la RC consideran que la Ley abre la puerta para delegar en manos privadas la navegación aérea, atentando contra la soberanía.
Cifras del transporte aéreo en Ecuador
A noviembre del 2025, Ecuador contaba con 327 frecuencias internacionales semanales, 26 rutas directas y 12 aerolíneas que operaban hacia 16 destinos internacionales.
Entretanto, el mercado aéreo doméstico ofrecía 243 frecuencias semanales, con 11 rutas directas hacia siete destinos nacionales.
Las proyecciones oficiales establecían como meta llegar a los 1,4 millones de arribos internacionales para finales de 2025 y 2,2 millones para 2029, de acuerdo a Diario El Universo.


