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Dirección General de Aviación Civil (DGAC)
Reactivación turística

La nueva normalidad para vuelos comerciales en Ecuador

Este 1° de junio de 2020 se reanudaron las operaciones aéreas comerciales en los aeropuertos de Ecuador con varias medidas de bioseguridad para evitar la propagación de la Covid-19. La Dirección General de Aviación Civil informó sobre varios aspectos a tomar en cuenta para que los vuelos comerciales sean seguros.

La Aviación Civil cuenta con acciones de prevención para los pasajeros, tripulantes e instalación aeroportuaria. La adopción de las medidas es coordinada con varias entidades públicas como el Ministerio de Salud Pública (MSP) que determinará los síntomas, identificación de enfermedades en los viajeros, uso de cámaras térmicas, cuidado con pasajeros que arriban de zonas con alto riesgo de contagio, entre otras para realizar vuelos comerciales en Ecuador.

LAS NORMAS PARA TOMAR VUELOS COMERCIALES SEGUROS.

Todas las acciones y responsabilidades de los organismos involucrados en la aviación civil se detallan en el Plan de Procedimientos para el retorno de las operaciones aéreas y actuación ante Covid-19, elaborado por los aeropuertos y el Plan de Emergencia y Contingencias, aprobado por la Dirección General de Aviación Civil (DGAC), documento en el que se detallan las medidas para hacer frente en caso de Emergencia debido a eventos de salud pública.

Entre las responsabilidades a destacar dentro del primer plan se encuentran:

OPERADOR DE AEROPUERTO O AERÓDROMO.

Corresponden al Operador de Aeropuerto o aeródromo las siguientes responsabilidades:

  • Permitir el ingreso a la terminal únicamente a las personas que presenten su boleto aéreo, en caso de que el pasajero requiera asistencia se permitirá el ingreso de un acompañante hasta el counter de registro.
  • Monitorear el uso obligatorio en todo momento de mascarillas y guantes de los pasajeros y acompañantes (autorizados justificadamente).
  • Previo al ingreso a sus instalaciones. Obligatoriamente se deben utilizar medidas de desinfección de los pasajeros, acompañantes y trabajadores.
  • El aeropuerto deberá contar con la señalización y señalética adecuada que permitan identificar las medidas de distanciamiento social.
  • Controlar que los pasajeros mantengan el distanciamiento social adecuado en las salas de pre embarque y comercial, para lo cual se deberá establecer la señalización correspondiente.
  • Establecer un espacio físico para la atención de pasajeros que arriben con síntomas o sospechas de poseer Covid-19.
  • Velar por el cumplimiento de la desinfección antes del inicio de operaciones y posterior a las operaciones, del edificio terminal del aeropuerto así como de los equipos de inspección de pasajeros y equipajes.

OPERADOR DE AERONAVES.

  • El Operador de Aeronave deberá controlar que los pasajeros mantengan el distanciamiento social al momento del chequeo en counter de registro y el embarque.
  • Se debe recordar a la tripulación y al personal de tierra las medidas para prevenir la transmisión de la Covid-19, incluyendo distanciamiento social, higiene de manos, higiene respiratoria, limpieza ambiental, eliminación de desechos, cuándo y cómo usar una mascarilla, evitar el contacto con personas que presentan síntomas respiratorios y buscar asesoramiento médico temprano si se desarrollan síntomas.
  • Las aerolíneas deberán garantizar, por parte de la tripulación, el uso de guantes, mascarillas y medidas de desinfección recomendadas durante todo el vuelo y especialmente durante los momentos de atención al pasajero.
  • Las líneas aéreas deberán controlar el uso obligatorio de guantes y mascarillas por parte de los pasajeros durante todo el vuelo.
  • Deberán mantener en su base de datos la información (número de teléfono y correo electrónico) de los pasajeros transportados que hayan sido chequeados bajo cualquier modalidad.
  • El piloto al mando, deberá notificar al control de tránsito aéreo del aeropuerto de destino, en caso de presentarse un pasajero a bordo de la aeronave con indicios de una enfermedad de naturaleza infecciosa (Covid- 19) o evidencia de un riesgo de salud pública.
  • El Operador de aeronave deberá cumplir con las medidas de salud recomendadas por la OMS y las autoridades nacionales e informar a los pasajeros sobre las medidas de salud implementadas por el personal de tierra y las tripulaciones a bordo.

Para la reapertura de las terminales aéreas para vuelos comerciales y resguardar la salud de los viajeros garantizando el cumplimiento de las medidas de bioseguridad la DGAC desarrolló un simulacro de atención y aplicación de protocolos de prevención de la pandemia Covid-19 en los 21 aeropuertos del Ecuador el pasado 15,16 y 18 de mayo de 2020.

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