COE elimina casi 100% de restricciones para el turismo
La última resolución del COE Nacional deja sin efecto casi todas las medidas de aforo en espacios abiertos y cerrados.
- No existirán restricciones en cuanto a los aforos en espacios abiertos y cerrados, tanto en eventos de atención al público, como en actividades económicas, comerciales, culturales, recreativas, deportivas y eventos públicos masivos, por lo que todas estas actividades se podrán desarrollar con el 100% de aforo permitido. Lo anterior incluye eventos deportivos de carácter nacional e internacional.
- Disponer a las operadoras de transporte interprovincial, intraprovincial y turístico a nivel nacional mantener los aforos en el trasporte público que garantice el servicio con pasajeros solo sentados.
- Exhortar a los Gobiernos Autónomos Descentralizados Cantonales, en base a sus competencias, eliminar cualquier medida restrictiva referente a los aforos en espacios abiertos y cerrados, tanto en eventos de atención al público, actividades económicas, comerciales, culturales, recreativas, deportivas y eventos públicos masivos. Se exhorta a la apertura con el 100% de aforo actividades tales como bares, discotecas, karaokes, restaurantes y a cualquier competición deportiva de carácter nacional e internacional. De igual manera se exhorta a mantener los aforos y control en el transporte público cantonal (servicio solo sentados).
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COE: medidas de bioseguridad que se mantienen vigentes
Por otro lado, para mantener la tranquilidad de los usuarios, el COE ratificó mantener todas las medidas de bioseguridad como el uso permanente de mascarilla, higiene de manos, ventilación adecuada y distanciamiento físico. Así también se solicitará:
- La presentación del certificado o carné de vacunación contra el Covid-19 (esquema completo de dos dosis o una dosis según corresponda) para el ingreso a lugares de atención al público a toda persona mayor de 12 años también continuará. La presentación obligatoria del certificado aplica exclusivamente para actividades no esenciales.
- Mantener el protocolo vigente para el ingreso al país.
- Solicitar al Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP) notifique a las aerolíneas y terminales aéreas que existe una disposición en el lineamiento de ingreso al Ecuador por vía aérea emitido por el MSP en el sentido que es obligatoria la presentación de la declaración de salud de viajero digital (código QR). La misma debe ser revisada por la aerolínea previo al embarque, así como los requisitos sanitarios como carné de vacunación o prueba RT-PCR. No se debe solicitar la presentación de la declaración de forma física, solo se usará dicho formulario en casos excepcionales donde no cuenten con servicio de internet o acceso a mecanismos tecnológicos los viajeros, requisitos que deben ser presentados previo al embarque a Ecuador.
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