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Guayaquil simplifica formalización de actividades turísticas y otras: requisitos y tasas

Desde este 2026, la formalización de negocios en Guayaquil, incluyendo las actividades turísticas, es más fácil.

A fin de incentivar la formalización de negocios en Guayaquil, el Concejo Municipal de esa ciudad emitió una nueva ordenanza que facilita este procedimiento a partir del 1 de enero de 2026. Así, quienes busquen obtener la Licencia Anual de Funcionamiento de Establecimientos (L.A.F.E), para legalizar sus empresas o emprendimientos, solo deberán cumplir con 2 requisitos iniciales.

Formalización actividades económicas en Guayaquil: requisitos iniciales

  • Contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC).
  • Verificar que la actividad a desarrollar esté permitida en la zona donde se ubica el local, independientemente de que la edificación conste como residencial en el catastro municipal.

Solo en el caso de actividades de mediano o alto riesgo, se requiere adicionalmente el certificado del Cuerpo de Bomberos.

Y, en cuanto a las actividades turísticas, previo a la realización del trámite, estas deberán contar con el Registro de Turismo del Viceministerio de Turismo.

Beneficios de nueva ordenanza

Este modelo simplifica los procedimientos al reducir los requisitos previos y validar automáticamente la información mediante el sistema, lo que elimina la necesidad de realizar gestiones adicionales en otras dependencias antes de iniciar operaciones.

De esta manera, los actividades económicas pueden operar de inmediato, mientras cumplen las obligaciones adicionales de forma paralela y dentro de los plazos establecidos según la actividad.

Un beneficio clave es la eliminación de las barreras catastrales y constructivas como impedimento inicial, aspectos que se regularizan posteriormente siempre que la actividad sea compatible con la zona donde se ubica el establecimiento.

Además, 104 actividades consideradas de bajo riesgo (como gabinetes de belleza, minimarkets, tiendas de ropa al por menor y comercios barriales), cuyos establecimientos tengan una superficie menor a 100 metros cuadrados, no requieren el certificado del Cuerpo de Bomberos para obtener o renovar la licencia.

Este documento deberá regularizarse dentro de los 30 días posteriores, lo que permite operar de manera autorizada desde el primer momento.

¿Cómo realizar trámite de Licencia Anual de Funcionamiento de Establecimientos (L.A.F.E)?

Para los nuevos negocios, el trámite se inicia en línea a través de la página web del Municipio de Guayaquil.

Tras la validación de los requisitos y el pago de la tasa correspondiente, se emite la licencia de manera condicionada, otorgando un plazo posterior para regularizar el resto de requerimientos.

La Alcaldía aclaró que los establecimientos existentes que cuenten con la Tasa de Habilitación y Control 2025 no deberán realizar un trámite adicional para acogerse al nuevo sistema.

Bastará con efectuar la renovación anual, presentando únicamente el certificado del Cuerpo de Bomberos en los casos de riesgo medio o alto, o la tasa de turismo, si corresponde.

La Licencia Anual para el Funcionamiento de Establecimientos (L.A.F.E.) tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de cada año, y deberá ser renovada hasta máximo el 31 de marzo.

L.A.F.E: cálculo de tasa para negocios en general

El valor de la Tasa por la Habilitación y Control de Establecimientos, salvo en el caso de los negocios turísticos, se calculará por cada metro cuadrado del área del establecimiento, conforme a los siguientes datos:

  • Hasta 100 metros cuadrados: 0,23% de Salario Básico Unificado del Trabajador en General (S.B.U.D.T.G) por Metro cuadrado.
  • Mayores a 100 metros cuadrados: 0,31% del Salario Básico Unificado del Trabajador en General (S.B.U.D.T.G) por Metro cuadrado.

En ningún caso, el valor de la Tasa por la Habilitación y Control de Establecimientos será menor al 12% del S.B.U.D.T.G. y tampoco mayor a 20 S.B.U.D.T.G

Cálculo de tasa de L.A.F.E para actividades turísticas

En el caso de las actividades turísticas, el valor de la tasa para la L.A.F.E se calculará de distintas maneras, dependiendo del tipo de establecimiento:

Establecimientos de alimentación y bebidas (restaurantes); de operación e intermediación (agencias de viajes, mayoristas y operadoras); centros de convenciones, organizadores de eventos, congresos y convenciones; y otros:

Se multiplicará el porcentaje del Salario Básico Unificado (SBU%) establecido en la tabla correspondiente, por el monto del Salario Básico Unificado vigente, por cada establecimiento.

Tasas restaurantes, cafeterías, discotecas, bares y otros

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 Tasa LAFE restaurantes 2026 en Guayaquil.

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Tasas agencias de viajes, mayoristas y operadoras

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TASA LAFE agencias de viajes 2026 en Guayaquil.

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Tabla Centros de Convenciones y organizadores de eventos

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Tasa LAFE organizadores de eventos Guayaquil 2026.

Tasa LAFE organizadores de eventos Guayaquil 2026.

El cálculo solo cambia en el caso de establecimientos de alojamiento, como hoteles, donde se multiplicará el porcentaje del Salario Básico Unificado (SBU%) establecido en la tabla correspondiente, por el monto del Salario Básico Unificado (SBU) vigente, y por el número de habitaciones o plazas con las que cuenta, según aplique.

Tabla alojamientos: hoteles, hostales y otros

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Tasa LAFE hoteles en Guayaquil 2026.

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Tasa LAFE hoteles Guayaquil 2026.

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