El Consejo Directivo del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) emitió la Resolución No. C.D. 645 a través de cual expidió el Reglamento de las Facilidades de Pago para el Sector Turístico, en Aplicación de la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la Pandemia Covid-19. Las empresas del sector se verán beneficiadas del mismo.
IESS brindará facilidades de pago a empresas de turismo
El documento indica que los empleadores del sector turístico que no hayan podido cumplir con sus obligaciones con el IESS desde enero de 2020 hasta diciembre de 2021 podrán presentar la solicitud dirigida al IESS para acceder a facilidades de pago, de las obligaciones vencidas, en estado de glosa y/o título de crédito asignados o no a un gestor externo; la facilidad de pago, a petición del solicitante, podrá ser hasta por un plazo máximo de 48 meses.
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Para acceder a facilidades de pago las compañías de turismo deberán presentar la solicitud dirigida al IESS acompañada de la inscripción en el Registro Nacional de Turismo y la Licencia Única Anual de Funcionamiento al día. La misma se está recibiendo de manera presencial en las oficinas del IESS a nivel nacional. Así lo informó el Ministerio de Turismo (Mintur).
- Para obtener las facilidades de pago no será necesario realizar los abonos de cuotas iniciales.
- Los títulos de crédito de los períodos de enero de 2020 a diciembre de 2021 asignados o no a gestores externos serán liberados; y, las Coordinaciones / Unidades Provinciales de Cartera y Coactiva solicitarán la devolución del expediente a fin de que ingresen a la facilidad de pago.
- Los pagos se harán en conjunto con la planilla de aportes de cada mes, sin embargo, el empleador podrá realizar pagos anticipados si así lo requiere.
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