El nuevo valor de exoneración del Impuesto a la Salida de Divisas (ISD) para consumos o retiros con tarjeta de crédito y de débito en el exterior se fijó en US$ 5.188,26 anuales. Así lo definió el Servicio de Rentas Internas (SRI), a través de la resolución NAC-DGERCGC24-00000045, expedida el 20 de diciembre.
Impuestos: Valor de exoneración de ISD cambia para transacciones con tarjeta de crédito y débito
El SRI definió un nuevo monto de exoneración al Impuesto a Salida de Divisas para los consumos y retiros con tarjeta de crédito y débito en el exterior.

El monto de exoneración al Impuesto a Salida de Divisas cambia desde el 2025.
La medida regirá desde el 1 de enero de 2025 hasta el 2027, informó El Universo.
El monto de exoneración aumentó en cerca de 1,51%, con base en el índice de inflación a noviembre de 2024 establecido por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC).
Otras exenciones al Impuesto a la Salida de Divisas
De igual manera, se mantienen en vigencia las siguientes exenciones:
- Traslados de dinero en efectivo equivalentes a montos de hasta tres salarios básicos (en total US$ 1.380,00 en 2024) fuera del país por puertos, aeropuertos o pasos fronterizos.
- Transferencias bancarias o envíos por courier de sumas de hasta tres salarios básicos (en total US$ 1.380,00 en 2024).
- En el caso de personas que estudien en el exterior, los traslados o transferencias de cantidades equivalentes a los costos del ISD relacionados y cobrados por parte de instituciones educativas. Esto solo aplica para aquellas entidades que son reconocidas en Ecuador.
- Los pagos realizados al exterior por concepto de dividendos distribuidos por sociedades nacionales o extranjeras domiciliadas en el Ecuador, después del pago del impuesto a la renta, a favor de otras sociedades extranjeras o de personas naturales no residentes en el Ecuador.
El ISD grava el valor de todas las operaciones y transacciones monetarias que se realizan al exterior, con o sin intervención de las instituciones del sistema financiero, incluyendo los traslados de divisas, acreditaciones, depósitos, cheques, transferencias y giros, explica El Universo.
La tarifa aumentó de 3,5% a 5% desde el 1 de abril de 2024, tras la promulgación de la Ley Orgánica para enfrentar el Conflicto Armado Interno.
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