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Recomendaciones para realizar pagos de créditos

Quito Turismo informó al sector mediante un comunicado las opciones disponibles para cumplir con sus obligaciones crediticias.

El 22 de marzo la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera del Ecuador dispuso:

“Se entenderá por diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias” al proceso mediante el cual las entidades del sector financiero público y privado refinancien, reestructuren o noven operaciones de crédito al amparo de la presente resolución”.

“Los pagos y cuotas de capital e intereses por concepto de obligaciones financieras diferidas extraordinariamente, no causarán intereses moratorios, gastos, recargos ni multas durante el período o plazo acordado con el deudor; las reestructuraciones y refinanciamientos no implican la existencia de una nueva operación crediticia, por lo tanto, no se afectan con los tributos, contribuciones ni otros gravámenes”.

Intereses y gastos. Las cuotas que el empresario haya acordado con la institución financiera y que no sean pagadas a razón de la crisis sanitaria, no estarán sujetas a intereses por mora, no se les imputará los gastos por concepto de cobranzas ni serán reportadas en la central de riesgos.

Reestructuración o refinanciamiento. Esto no quiere decir que existe una gracia total o condonación para pagar estas cuotas. Lo que la disposición permite es que las cuotas que no sean pagadas puedan ser diferidas en el tiempo, para lo cual se permite que la reestructuración o refinanciamiento de estas cuotas sea sin cargos adicionales. es decir, las cuotas que no se cancelen por la crisis sanitaria, podrán ser trasladadas en el tiempo.

Meses adicionales. Por lo tanto, la vigencia de su crédito podría extenderse conforme los meses que no se hayan cancelado. Lo que significa que el plazo de su crédito podría extenderse conforme los meses que no se haya cancelado. Lo que significa que el plazo de su crédito contendrá en total los meses adicionales que son los que no fueron cancelados, antes los cuales el banco no le cobrará intereses por mora, pero sí el interés del crédito por esos meses adicionales.

La sugerencia de las autoridades incluye que el empresario pueda ajustar los presupuestos de su negocio considerando que las cuotas que no se paguen en estos meses de crisis sanitaria deberán cancelarse en algún período de tiempo con el consecuente interés conforme las renegociaciones a las que acuerde con la institución financiera.

Finalmente se pide tomar contacto con su oficial de crédito o agendar citas para que se analice la conveniencia de renegociar la deuda en función de la liquidez que requiera la empresa o negocio.

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