El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) aclaró que el Formulario de Registro Aduanero (FRA) digital deberá ser completado únicamente por los pasajeros o tripulantes que ingresen o salgan del país con bienes sujetos a declaración, cuyo valor sea igual o supere los diez mil dólares o su equivalente en otras monedas.
Solo estos pasajeros deberán llenar el Formulario de Registro Aduanero antes de viajar
El Senae explicó qué pasajeros deberán llenar el Formulario de Registro Aduanero antes de viajar y en qué circunstancias.
El Formulario de Registro Aduanero solo deberá ser llenado por pasajeros que tengan bienes sujetos de declaración.
La aclaratoria tuvo lugar luego de que la ciudadanía manifestara cierta confusión sobre si sobre si todos debían efectuar el trámite o únicamente quienes cumplieran con el requerimiento previamente mencionado.
¿Qué bienes deben declarar los pasajeros?
Los bienes sujetos a declaración, antes de viajar y pasar por Aduanas, son los siguientes:
- Dinero en efectivo.
- Instrumentos negociables al portador.
- Metales.
- Piedras preciosas.
Desde el 29 de julio, la declaración se realizará en línea y, de forma excepcional, podrá presentarse en formato físico.
La disposición se adopta en cumplimiento del artículo 84 de la Ley de Prevención, Detección y Erradicación del Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos.
El FRA está disponible en este enlace.
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